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Palabras contadas: filosofia: 49, educacion: 134, la: 1412, de: 2587
Nózica, Gustavo
En: Academia, a. 10, no. 19 (Ene.-Jun.)
2012

Temas:   Control      Explicacion    Rancière, Jacques    Pedagogia    Emancipacion    Enseñanza    Educacion    Literatura    Filosofia de la educacion    Psicologia de la educacion    Aprendizaje    Control      Explanation    Pedagogy    Emancipation    Francia     

Descripción: El maestro ignorante de Rancière es un texto que propone una reflexión novedosa sobre la práctica de enseñar. La tesis del libro inscribe la explicación que hace el docente en clase en un obstáculo para un aprendizaje pleno. Así como también en un obstáculo para la propia emancipación del que aprende. En esta perspectiva el autor desarrolla la idea de un "embrutecimiento" del alumno que resultaría de su sometimiento a la explicación docente. La propuesta, que no deja de ser atractiva en el orden de los debates, patentiza una lógica del control pedagógico que no es ajena a las teorías de la conciencia, la comprensión, las competencias y las psicologías de la educación. La lectura crítica que intenta este trabajo no busca justificar ni "salir a defender" todo aquello que se "echa por tierra" en aquel texto, sino repreguntarse sobre algunas violencias y sospechas en los modos de pretender aprendizajes. Repreguntar los usos que hace el autor del pedagogo Jacotot, y de la obra de Fenelón, de los beneficios de la escritura, y de los sentidos morales de la emancipación. Recorrer, finalmente, en un régimen de clase ausente de explicaciones, como propone el autor, un espacio de controles que parecen venir a multiplicar aquello que querían suprimir.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 273-288

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Ibarra, Elina
En: Academia, a. 12, no. 23 (Ene.-Jun.)
2014

Temas:   Educacion      Anarquismo    Etica    Politica    Pars contruens    Pars destruens    Movimientos politicos    Ideologia    Filosofia de la educacion    Pensamiento critico    Education      Anarchism    Ethics    Politics   

Descripción: "El presente trabajo fue presentado en la Tercera Jornada de la VIII Conferencia Latinoamericana de Crítica Jurídica, realizada en Quito, Ecuador, en octubre de 2013 y fue ampliado para la presente publicación". -- La educación anarquista consiste en un corpus complejo que se torna coherente cuando se observa a la luz del ideario del anarquismo. Para ello será necesario hacer una caracterización de la centralidad de la crítica en torno a la educación que el pensamiento anarquista ha desarrollado. Este hecho dota de un carácter eminentemente político a la educación, que ha sido motivo de reflexión de la gran mayoría de los pensadores de esta corriente. Las razones son muchas y variadas, pero voy a señalar dos motivos que considero centrales porque en cada una de ellas se percibe claramente la coimplicancia de la postura ética y política que conjuga la educación pensada desde el anarquismo: primero, lo que daremos en llamar el pars destruens, que implica someter a la práctica educativa bajo la luz de la sospecha ya que, en tanto institución, se convierte en herramienta de normalización y naturalización de un sistema de explotación, generando así la legitimación de las desigualdades y la perpetuación de las estructuras de dominación; segundo, lo que llamaremos el pars contruens, porque el anarquismo vio en la educación una instancia generadora de cambio social de incomparable fuerza. Si bien las definiciones en torno a la educación y las propuestas para llevarla a cabo dentro del ideario anarquista comparten aspectos que son comunes, al mismo tiempo presentan un abanico de posibilidades que resultan de las diferentes formas de anarquismo. De todos modo es posible identificar las ideas compartidas en torno a la educación y para ello no es necesario ir mucho más allá del eslogan "Ni dios, ni patrón, ni estado", ya que la educación anarquista enarbolará el antiautoritarismo, la cooperación y la solidaridad, la crítica y el pensamiento autónomo, el antidogmatismo. Se advertirá que de la propuesta de la educación anarquista se deduce la conjunción de un medio de realización del proyecto sociopolítico, como así también los fundamentos éticos que son condición necesaria para ese cambio y que implica una concepción libertaria de las relaciones del hombre consigo mismo, con los otros y con el mundo.
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Uribe Álvarez, Roberth
En: Academia, a. 10, no. 20 (Jul.-Dic.)
2012

Descripción: "Avance de investigación del proyecto Analizando el discurso epistemológico-jurídico. Un análisis de los saberes jurídicos generales y sus relaciones discursivas, adscrito al Grupo de Investigación Saber, poder y derecho, Línea de Investigación en Filosofía del Derecho, de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia, y aprobado por el Comité de Investigaciones de la Universidad (CODI)". -- Este trabajo incluye algunas consideraciones referidas a los conceptos "flexibilidad" y "rigidez" con relación a los planes de estudios del Derecho, como aspectos pedagógicos y curriculares relevantes en la formación filosófico-política de los abogados, específicamente en su construcción del concepto de autonomía personal como criterio determinante de la concepción de la abogacía como una profesión liberal.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p.73-104

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Perícola, María Alejandra
En: Academia, a. 11, no. 22 (Jul.-Dic.)
2013

Descripción: "En la literatura especializada en el fenómeno político-estatal encontramos un vocabulario técnico que adjudica a las palabras un contenido significante diverso. Es así como las palabras teoría, ciencia, política, filosofía, Estado o derecho político han sido y son definidas de manera disímil, conforme a la época y a la valoración de los autores".--El propósito de este trabajo es analizar los diferentes presupuestos a partir de los cuales puede entenderse el objeto de estudio de la Teoría del Estado. Partiendo del paradigma sistémico, se sostiene que la teorización sobre el Estado implica su estudio a partir del contexto, entendiendo que la realidad es dinámica, cambiante, divergente y holística y que necesita ser abordada interdisciplinariamente. En este marco, se propone marcar las diferencias y puntos de contacto de la Teoría del Estado con la Ciencia Política, el Derecho Político y la Filosofía Política. Asimismo, considerando los Programas de Enseñanza de las Cátedras que actualmente enseñan Teoría del Estado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, se señalarán las características que adopta la organización curricular sobre la base de los contenidos mínimos y el objeto de la Teoría del Estado propiamente dicho.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 249-271

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Gil Ruiz, Juana María
En: Academia, a. 13, no. 26 (Jul.-Dic.)
2015

Descripción: "Este trabajo se enmarca dentro del Proyecto de Investigación I+D+i Orientado a los Retos de la Sociedad, DER2014-57244-R del Ministerio de Economía y Competitividad, titulado Carencias y alternativas jurídico-políticas al tratamiento de las Violencias de Género : Formación e Investigación en Derecho Antidiscriminatorio. Responsable principal: Juana María Gil Ruiz".--El trabajo que aquí se presenta responde a la necesidad de dar respuesta a una demanda legislativa que obliga a la formación en género en la educación superior y muy especialmente en las titulaciones jurídicas. Sin embargo, y pese a estar en un momento más que propicio para haberla incorporado en el Espacio Europeo de Educación Superior (EES), según la Declaración de Bolonia, lo cierto es que este mandato vinculante aún queda por adoptarse e implementarse en el sistema universitario español. Esta dejación institucional genera graves consecuencias, especialmente en la formación jurídica, pues quienes deben aplicar las reformas normativas o desarrollos reglamentarios del Derecho antidiscriminatorio moderno, carecen de la necesaria formación en género para su abordaje. La especificidad de dicha formación requiere de una doble estrategia: la inclusión de una asignatura específica en Violencia e Igualdad de Género (no discriminación), en todos los grados de manera transversal, y además la inclusión de materias específicas en los mismos. Esta asignatura, vinculada desde la Teoría Crítica del Derecho en la que surge, adscrita al área de la Filosofía del Derecho, así como iniciativas interdisciplinares, como la que expondremos, podrían asegurar y garantizar, por parte de la Institución Universitaria, una adecuada formación superior en Derecho antidiscriminatorio por parte de profesorado experto.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 49-77

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Luna, Diego
En: Academia, a. 11, no. 22 (Jul.-Dic.)
2013

Descripción: "Este trabajo fue presentado y discutido en las II Jornadas de Enseñanza del Derecho (7, 8 y 9 de noviembre de 2012, Facultad de Derecho, UBA) y en el XXVI Congreso Mundial de Filosofía del Derecho y Filosofía Social (21 al 26 de julio de 2013, Universidad Federal de Minas Gerais, Belo Horizonte, Brasil) organizado por la Asociación Internacional de Filosofía del Derecho y Filosofía Social (IVR), en el que presidí el grupo de trabajo sobre Derecho y Educación. Agradezco a los profesores Julio Raffo y Eduardo Méndez por sus sugerencias; al estudiante Santiago Cordero, por la traducción del resumen".--Partimos de la experiencia en la enseñanza de la teoría egológica del Derecho para indagar y preguntarnos sobre la posibilidad de perfilar los caracteres de un modelo egológico de enseñanza del Derecho. Tomamos como referencia los modelos teóricos identificados por Cardinaux y Clérico: "sistemático", "realismo jurídico" y "análisis crítico", bajo el supuesto de que el punto de partida epistemológico en torno de qué se entienda por derecho, ha de repercutir en el modelo de enseñanza que se asuma, como así también orientar las decisiones didácticas que habrán de adoptarse en la docencia. Si fuere concebible un "modelo egológico", al menos desde el punto de vista teórico, en la medida en que la egología entiende el derecho, en cuanto objeto de conocimiento, como conducta humana compartida, plural, observada desde un específico punto de vista normativo, éste habría de compartir rasgos comunes a los tres modelos de enseñanza tipificados como "sistemático", que se corresponde con el iuspositivismo tradicional que ve en las normas su preocupación central; "realista", que se preocupa por la explicación de los fenómenos sociales y la predicción del comportamiento de los jueces, y el "crítico", que se concentra en identificar las relaciones entre poder, ideología y Derecho. No pretendemos arribar a un modelo cerrado, sino someter al diálogo nuestras ideas a modo de autocrítica de la práctica docente.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 233-248

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Barreyro, María Emilia
En: Academia, a. 13, no. 25 (Ene.-Jun.)
2015

Descripción: El presente trabajo fue realizado en el marco del Programa de Actualización en Docencia Universitaria que tomé en 2013-2014, dictado en el área de Posgrado de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires. -- Las reflexiones que conforman el presente ensayo tienen por objetivo plantear la necesidad de desplazar el foco de atención de la situación áulica hacia la estructura del cuerpo docente de las instituciones de enseñanza jurídica superior para un mejor abordaje de la cuestión de cómo debe ser dicha enseñanza. La hipótesis general que lo guía sostiene que el pluralismo del cuerpo docente tiene a la vez un valor epistémico y un valor político, tomando el caso de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires como modelo de descentralización de la actividad docente y disparador de las reflexiones que le siguen.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 111-130

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Ayala Rojas, Dora Esther
En: Academia, a. 11, no. 22 (Jul.-Dic.)
2013

Descripción: En el nuevo contexto de formación jurídica a desarrollar en las unidades académicas, es necesario valorar e integrar los distintos tipos de saberes que intervienen en la construcción del conocimiento y trasponer las fronteras disciplinarias tradicionales que, particularmente en el campo jurídico, se presentan frecuentemente reducidas a la exclusiva consideración de normas; y donde el despliegue interdisciplinar, abierto y complejo, puede constituirse en un potente estímulo. Para la mejor comprensión de esta idea, valoramos los aportes del trialismo, al que nos adherimos por considerar que es el que mejor representa una posibilidad de crear diseños curriculares que proyecten al conocimiento jurídico en perspectiva realista, plural, constructivista y vital.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 181-196

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Herszenbaun, Miguel Alejandro
En: Academia, a. 16, no. 31 (Ene.-Jun.)
2018

Descripción: En el presente trabajo nos proponemos analizar una de las notas distintivas fundamentales de la educación universitaria: la adquisición de criterios de cientificidad para un área especializada. En este sentido, analizaremos las consecuencias que tal adquisición supone para el ejercicio profesional y el aprendizaje autodidacta. Sin embargo, en el terreno de la abogacía, advertiremos que tal adquisición de criterios de cientificidad podría tener implicancias en la calidad de las instituciones democráticas. Esto es así en tanto consideraremos a la democracia como la participación pública de los ciudadanos en la tarea de exigir y dar razones en lo referente a los actos de gobierno. En este sentido, los técnicos jurídicos juegan un rol fundamental. Es por eso que el presente texto propone algunas estrategias para impulsar la adquisición de criterios científicos en el ámbito de la abogacía, como también narra algunas experiencias.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 99-117

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Yovel, Jonathan
En: Academia, a. 14, no. 28 (Jul.-Dic.)
2016

Descripción: "Porciones de este estudio aparecen en Jonathan Yovel, "In the beginning was the Word: paradigms of language and normativity in law, philosophy, and theology", en 5 Mountbatten J. Legal Stud. 5(2001). Trad. a cargo de Silvina Pezzetta. -- Este ensayo es acerca de cómo funciona el lenguaje en el derecho y sobre cómo los futuros agentes legales -jóvenes abogados, estudiantes de derecho- son iniciados en una compleja cultura lingüística a través de varios modelos de instrucción que son, casi siempre, no transparentes respecto de la ideología lingüística sobre la que se apoyan. Así, confrontaré dos formas de aproximarse a la educación legal: una que aparece tanto entre los legos como entre ciertas caracterizaciones "profesionales" de la instrucción legal, aproximaciones que consideran al derecho como una disciplina, un cuerpo de conocimientos que debe ser reunido y dominado en forma de reglas, precedentes, argumentos de políticas públicas y similares. La otra se aproxima a la práctica y la instrucción legal como a una compleja cultura lingüística, en la que las formas enumeradas, antes que la "esencia" del derecho, son ofrecidas como lo que conviene dominar porque tienden a constituir la cultura de la comunicación del discurso jurídico, la forma de argumentar que generalmente triunfa en el contexto institucional legal. Sin embargo, antes de intentar hacer un análisis de los efectos pedagógicos, el núcleo de este ensayo estudiará cómo las nociones del uso del lenguaje se aplican a la performance legal. Por ello, el presente trabajo se dirige a las relaciones entre el lenguaje y la acción como una historia de las ideas centradas en las siguientes cuestiones: ¿qué hacemos, como abogados y hablantes, con las palabras? ¿Cuáles son los modos del lenguaje usado en la argumentación legal (y en el litigio en particular)? ¿Cómo entrenamos e iniciamos a los futuros abogados en una cultura lingüística y en la ideología que sostiene estas preguntas? Sin reclamar la exhaustividad, este ensayo se propone delinear, revisar y reconstruir las principales características de tres funciones interactuantes del lenguaje que son significativas para la práctica y la teoría legales: retórica, representativa y performativa.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 77-123

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Morales, Matías Leandro
En: Academia, a. 16, no. 32 (Jul.-Dic.)
2018

Descripción: El presente trabajo se propone reflexionar sobre distintas perspectivas de Thomas Hobbes como pedagogo del Estado frente a, en primer lugar, los habitantes de las islas británicas. Intentaremos demostrar que el filósofo inglés escribe su obra más reconocida, el Leviatán, con fines fundamentalmente educativos. Con este propósito, Hobbes desarrolla estrategias didácticas desplegadas alrededor de la mítica figura de un monstruo bíblico. La intención del autor es conmover a los hombres para que puedan comprender e interpretar el origen del Estado, su importancia, sus fundamentos y atributos. Para esto último recurre a diversas técnicas más bien de dramaturgo o publicista, entendiendo la dificultad de explicar el contrato o pacto social a un público acostumbrado a otra fundamentación de la legitimidad del poder político. Podemos hoy aprender del primer educador "moderno" del Estado para inspirarnos en nuestra tarea docente frente a un aula de estudiantes posmodernos que han, en gran parte, internalizado al Estado a través de la costumbre. El monstruo ha perdido espectacularidad, pero sigue siendo una ficción digna de contar a los futuros abogados.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 73-88

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