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Buis, Emiliano J.
En: Revista Jurídica de Buenos Aires, a. 42, no. 94
2017

Descripción: Tema: Derecho Griego Antiguo / Coordinador Emiliano J. Buis. -- Este texto se basa en el capítulo original "Law and Greek Comedy", publicado como Capítulo XIII en el volumen de Fontaine, M. y Scafuro, A. C. (eds.) Oxford Handbook of Greek and Roman Comedy, Oxford, OUP, 2014, pp. 321-339. Esta traducción adaptada y expandida cuenta con el permiso de Oxford University Press. Cualquier reproducción posterior del presente material deberá ser autorizado por academic.permissions
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 321-350

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Buis, Emiliano J.
En: Revista Jurídica de Buenos Aires, a. 42, no. 94
2017

Descripción: Tema: Derecho Griego Antiguo / Coordinador Emiliano J. Buis.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 3-9

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Buis, Emiliano J.
En: Revista Jurídica de Buenos Aires, (a. 37, no. 86)
2012

Descripción: Tema: Derecho Internacional Público / Dra. Hortensia Gutiérrez Posse, coord. -- Sección II Derecho Internacional Humanitario y derecho de refugiados.-
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 357-383

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Sebillotte Cuchet, Violaine
En: Revista Jurídica de Buenos Aires, a. 42, no. 94
2017

Descripción: Tema: Derecho Griego Antiguo / Coordinador Emiliano J. Buis. -- Este trabajo será publicado, en su lengua original, en las actas del Coloquio de Roma "Vingt-cinq ans après. Les femmes au rendez-vous de l'histoire, hier et aujourd'hui", organizado por la École française de Rome del 12 al 14 de mayo de 2017, que serán editadas en Roma por Viella en el transcurso de 2017. Traducido al español del francés por Emiliano J. Buis (Facultad de Derecho y Facultad de Filosofia y Letras, Universidad de Buenos Aires, Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires y CONICET). -- Resumen: El concepto moderno de derechos políticos no se aplicó a la antigüedad griega. Pero la noción sí existió, como por ejemplo en la expresión "arkhaì politikaí" empleada por Aristóteles, que incluye el derecho a participar en asambleas (arkhè bouleutiké) y tribunales (arkhè kritiké). Las mujeres atenienses estaban excluidas de esta participación. La pregunta que corresponde hacerse es si la participación de las mujeres libres en la comunidad y en los asuntos públicos es política. Propongo discutir las palabras que usaron los antiguos griegos cuando hablaban de los ciudadanos y la ciudadanía. También pueden considerarse los términos que los oradores atenienses empleaban para excluir a la "gente mala" de la "actividad política". Indicaré de qué modo operaba la diferenciación masculino/femenino en estas prácticas lingüísticas distintas. Entonces, se trata de comprender lo que significó para los antiguos griegos de esa época la política, tal como la conocemos hoy, y cuán distinto era para nuestra concepción actual. Al señalar las diferencias es posible que entendamos de qué manera otras ciudades -como la griega antigua- deben ser comprendidas sin lentes anacronísticos. En cierto sentido, retornar a las mujeres a la cuestión nos permite comprender que los griegos tenían un concepto muy distinto de ciudadanía y de derechos políticos. La definición restrictiva de Aristóteles de las arkhaì politikaí no se condice de modo exacto con las descripciones de ciudadanía que suministra la oratoria. La ciudadanía no es sólo un asunto de arkhè bouleutiké o de arkhè kritiké. Es sobre todo una cuestión de timaí, y tanto los ciudadanos varones como las ciudadanas mujeres están involucrados con las timaí.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 195-213

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Gagarin, Michael
En: Revista Jurídica de Buenos Aires, a. 42, no. 94
2017

Temas:   Doctrina      Filosofía    Unidad    Procedimiento    Derecho romano    Historia del derecho    Sistemas juridicos    Derecho griego antiguo    Greece      Law    Unity    Egypt    Procedure    Grecia Antigua      Egipto   

Descripción: Tema: Derecho Griego Antiguo / Coordinador Emiliano J. Buis. -- Traducción al español del inglés realizada por Emiliano J. Buis, Facultad de Derecho y Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires, Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires y CONICET. -- Resumen: Debido a que la antigua Grecia (a diferencia de Roma) nunca fue un país completamente unificado, sino una colección de póleis independientes, cada una con su propio conjunto de leyes, estrictamente hablando nunca hubo un solo "derecho griego antiguo". No obstante, existían similitudes entre los diferentes sistemas legales. La cuestión es: ¿son suficientes estas similitudes para poder hablar útilmente de "derecho griego"? Después de revisar las evidencias de Atenas, Gortina y el Egipto ptolemaico, concluyo que no había una unidad sustancial significativa en esos derechos, pero había una unidad procesal significativa en Atenas y Gortina, y probablemente también en las otras póleis griegas. En virtud de ser una monarquía y no una pólis, el Egipto ptolemaico, sin embargo, difería en muchos aspectos, al igual que otras áreas del imperio de Alejandro que no fueron previamente griegas. Así, la unidad del derecho griego era una unidad procesal de la pólis arcaica, clásica y helenística, y no una unidad sustantiva. Incluso en los períodos arcaico y clásico, esta unidad procesal general no fue tan fuerte como para que pudiéramos sacar conclusiones acerca del derecho de una pólis sobre la base del derecho de las demás, aunque puede ser sugestiva a este respecto. Pero el concepto de un derecho griego unificado puede ayudarnos a entender algo acerca de la naturaleza fundamental de los sistemas legales de la antigua Grecia y a apreciar las diferencias entre el derecho en las póleis griegas arcaicas, clásicas y helenísticas y en otras sociedades antiguas.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 13-31

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Buis, Emiliano J. - Vigevano, Marta R.
En: Revista Jurídica de Buenos Aires, a. 42, no. 95
2017

Descripción: Tema: Protección Internacional de Personas Refugiadas / Coordinadora Eugenia C. Contarini. --Parte I: Desplazamiento forzado y protección internacional : convergencias y límites para la protección de las personas refugiadas. -- Resumen: Cada vez con mayor frecuencia un gran número de personas se ven inmersas en el contexto de distintas clases de violencia o de graves crisis humanitarias que las obligan a desplazarse y a tener que abandonar su lugar de residencia habitual. Como consecuencia de ello resulta imperioso dispensarles protección y garantizarles el pleno ejercicio de sus derechos humanos. Estas situaciones plantean el desafío de implementar las normas jurídicas existentes en el ámbito internacional y regional, teniendo en cuenta la necesidad de interpretarlas de manera progresiva y cada vez más amplia para incorporar a un mayor número de personas cuyos derechos son gravemente vulnerados. La interpretación y aplicación de los instrumentos de protección de refugiados requieren la necesidad de comprender la situación particular de violencia y conflicto armado y sus efectos sobre la población civil. Aunque la violencia indiscriminada no siempre se encuadre en el concepto de persecución consagrado por la normativa vigente sobre refugiados, lo importante en este desarrollo progresivo es poner de relieve la necesidad de una interpretación integradora y dinámica entre la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, su Protocolo Adicional de 1967, la Convención de la Organización de la Unidad Africana de 1969 y la Declaración de Cartagena de 1984; para estos fines, la labor de orientación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados es una contribución vital para el pleno goce de los derechos humanos y del respeto a los principios humanitarios. Este trabajo procura indagar, desde esta clave de lectura, en los principios incorporados recientemente en las Directrices sobre Protección Internacional Nº 12 elaboradas por el ACNUR en diciembre de 2016.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 29-58

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Harris, Edward M.
En: Revista Jurídica de Buenos Aires, a. 42, no. 94
2017

Temas:   Juicios      Atenas clasica    Justicia    Proceso juridico    Denuncia    Historia del derecho    Proceso judicial    Doctrina    Derecho griego antiguo    Trials      Classical Athens    Justice    Legal procedure    Plain    Antigua Atenas      Grecia   

Descripción: Tema: Derecho Griego Antiguo / Coordinador Emiliano J. Buis. -- Traducción del inglés al español por Emiliano J. Buis (Facultad de Derecho / Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires, Universidad del Centro de la Provincia de Buenos Aires y CONICET). -- Resumen: Los estudiosos modernos tienen opiniones distintas acerca de cómo los tribunales atenienses decidían en los asuntos judiciales. Algunos consideran que las cortes tomaban decisiones ad hoc (Lanni), otros piensan que los tribunales eran un espacio para la competición de élites (Ober) o el ámbito para un comportamiento combativo (Cohen). Este trabajo examina la evidencia proporcionada por los litigantes ante la corte acerca de las razones para la decisión judicial. No hay motivos para cuestionar esta evidencia, ya que los contendientes a menudo oficiaban también de jueces o podrían preguntarles al jurado por qué habían votado como lo hicieron. Antes de estudiar la evidencia, sin embargo, deben tenerse en cuenta algunas características del sistema jurídico. Cuando un demandante iniciaba una causa ante un magistrado, debía elegir un procedimiento basado en una ley y establecer de qué modo el acusado había violado la norma sustantiva que se hallaba en la ley acerca de este proceso. Cuando se votaba al final del juicio, los jueces sólo contaban con dos opciones: o aceptaban los cargos sustanciales de la acusación o los rechazaban. Cuando los litigantes mencionan otros casos, declaran que los defendidos eran condenados porque el tribunal encontró que habían violado la norma sustantiva contenida en la ley relevante. A su vez, los litigantes sostienen que los acusados eran absueltos porque el acusador no probó los cargos de la imputación. Cuando los litigantes sostienen que una sentencia era injusta, la razón más habitual es que una de las partes presentó pruebas falsas. Como alternativa, los veredictos injustos son vistos como el resultado de violaciones procesales. Por otra parte, ningún litigante ha sostenido que los jueces ignoraban la ley, que favorecían a uno de los actores porque tomaron partido en un enfrentamiento, o que uno ganó por haber realizado la mejor presentación. Los jueces pueden haber tenido en cuenta las circunstancias atenuantes, pero esto no debe ser interpretado como un rechazo de la autoridad de la ley.
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Tipo de documento: artículo  | Formato: application/pdf  (tamaño kb)  | p. 103-127

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